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Artículo UNICO del Decreto 69

Promulga convenio sobre seguridad social con el reino de los paises bajos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 70057 / 6032719.

Texto oficial

Artículo único.- Promúlgase el Convenio sobre Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de los Países Bajos, suscrito el 10 de enero de 1996; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.