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Artículo 2 del Decreto Ley 2867

Delimita las regiones y provincias del pais que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7019 · idParte: 8257669

Texto oficial

Artículo 2°- Modifícase la división provincial de la Región de Tarapacá en la siguiente forma: 1.- Provincia de Arica. a) Se excluyen las actuales comunas de General Lagos, Putre y Belén. b) Se excluye la parte del distrito 1 Codpa, de la actual comuna de Codpa, situada al oriente y al norte del siguiente límite: la línea de cumbres, desde el cerro Márquez hasta el cerro Margarita; la línea recta, desde el cerro Margarita hasta el cerro Tangane, y la línea de cumbres, desde el cerro Tangane hasta los cerros de Anocarire, pasando por el cerro Guarinune, el cerro Pastocollo, portezuelo Veco y los cerros Taracollo y Huancure. c) Se excluye la parte del distrito 2 Caritaya, de la actual comuna de Codpa, correspondiente a la hoya del salar de Surire, situada al oriente de la línea de cumbres que separa la hoya del salar de Surire de la correspondiente al río Camarones. d) Se excluye la parte de los distritos 6 Azapa y 16 Molinos, de la actual comuna de Arica, situada al oriente del siguiente límite: el paralelo astronómico del trigonométrico Huaylas, desde la frontera con Perú hasta el citado trigonométrico; la sierra de Huaylillas, desde el trigonométrico Huaylas hasta la cota 3.880, pasando por las cotas 4.229, 4.095, 4.033, 4.043, 4.055, 4.016, 3.952 y 3.953; la poligonal que une la cota 3.880 con el cerro Negro, pasando por las cotas 3.920, 3.858, 3.809, 3.783, 3.760 y 3.912; la poligonal que une el cerro Negro con la cota 3.563, pasando por las cotas 3.812, 3.806, 3.737, 3.731, 3.689, 3.708, 3.602, 3.680, 3.627, 3.680, 3.665, 3.695 y 3.563; la línea recta que une la cota 3.563 con la desembocadura de la quebrada Sellancane en el río Lluta; la línea de cumbres que limita por el sur-poniente la hoya de la quebradura Sellancane, desde su desembocadura en el río Lluta hasta el cerro Marcuma, pasando por las cotas 3.443 y 3.470, y la poligonal que une el cerro Marcuma con la confluencia de los ríos Tignamar y Seco, pasando por las cotas 3.710, 3.510, 3.352, 3.306, 3.154 y 3.134. 2.- Créase la provincia de Parinacota, capital Putre, que comprende el siguiente territorio: a) Las actuales comunas de General Lagos, Putre y Belén. b) La parte del distrito 1 Codpa, de la actual comuna de Codpa, situada al oriente y al norte del siguiente límite: la línea de cumbres, desde el cerro Márquez hasta el cerro Margarita; la línea recta, desde el cerro Margarita hasta el cerro Tangane, y la línea de cumbres, desde el cerro Tangane hasta los cerros de Anocaríre, pasando por el cerro Guarinune, el cerro Pastocollo, portezuelo Veco, y los cerros Taracollo y Huancure. c) La parte del distrito 2 Caritaya, de la actual comuna de Codpa, correspondiente a la hoya del salar de Surire, situada al oriente de la línea de cumbres que separa la hoya del salar de Surire de la correspondiente al río Camarones. d) La parte de los distritos 6 Azapa y 16 Molinos, de la actual comuna de Arica, situada al oriente del siguiente límite: el paralelo astronómico del trigonométrico Huaylas, desde la frontera con Perú hasta el citado trigonométrico; la sierra de Huaylillas, desde el trigonométrico Huaylas hasta la cota 3.880, pasando por las cotas 4.229, 4.095, 4.033, 4.043, 4.055, 4.016, 3.952 y 3.953; la poligonal que une la cota 3.880 con el cerro Negro, pasando por las cotas 3.920, 3.858, 3.809, 3.783, 3.760 y 3.912; la poligonal que une el cerro Negro con la cota 3.563, pasando por las cotas 3.812, 3.806, 3.737, 3.731, 3.689, 3.708, 3.602, 3.680, 3.627, 3.680, 3.665, 3.695 y 3.563; la línea recta que une la cota 3.563 con la desembocadura de la quebrada Sellancane en el río Lluta; la línea de cumbres que limita por el surponiente la hoya de la quebrada Sellancane, desde su desembocadura en el río Lluta hasta el cerro Marcuma, pasando por las cotas 3.443 y 3.470, y la poligonal que une el cerro Marcuma con la confluencia de los ríos Tignamar y Seco, pasando por las cotas 3.710, 3.510, 3.352, 3.306, 3.154 y 3.134. 3.- Provincia de Iquique. Se incluye la parte del distrito 1 Quillagua, de la actual comuna de Toco, situada al norte del siguiente límite: el curso del río Loa, desde su intersección con la prolongación de la recta que une el trigonométrico Cono de Hilaricos con el trigonométrico Cerrillos hasta la intersección del río Loa con el meridiano astronómico que pasa por el kilómetro 1.636 de la carretera Panamericana Norte, y la línea recta que une la intersección del río Loa con el meridiano astronómico que pasa por el kilómetro 1.636 de la carretera Panamericana Norte, con el trigonométrico Cerrillos.