Texto oficial
Artículo 12.- Provincia de Limarí.
1.- Comuna de Ovalle, capital Ovalle. Comprende la
actual comuna de Ovalle, con las siguientes modificaciones:
a) Se excluye la parte de los distritos 17 La Paloma y
18 Guallillinga, situada al oriente de las líneas de
cumbres que limitan por el poniente las hoyas de las
quebradas Tamelcura y Los Maitenes.
b) Se incluye el distrito 1 El Cobre, de la actual
comuna de Samo Alto.
c) Se incluyen los distritos 2 Los Canelos, 3 Peña
Blanca, 4 Los Loros, 5 Soco, 6 Chalinga, 7 Barraza y 11
Hornillas, de la actual comuna de Punitaqui.
d) Se incluye la parte del distrito 8 Camarico, de la
actual comuna de Punitaqui, situada al norponiente del
estero Punitaqui y del curso de la quebrada Las Majadas.
2.- Comuna de Río Hurtado, capital Pichasca. Comprende
la actual comuna de Samo Alto, excepto el distrito 1 El
Cobre.
3.- Comuna de Monte Patria, capital Monte Patria.
Comprende la actual comuna de Monte Patria, con las
siguientes modificaciones:
a) Se excluye la parte del distrito 19 Guanillas
correspondiente a la hoya superior de la quebrada La Laja,
situada al poniente del siguiente límite: la línea de
cumbres que limita por el oriente las hoyas de las quebradas
Matamoros y Brillosas, desde la línea de cumbres que
limitan por el norte la hoya de la quebrada La Laja hasta el
curso de la quebrada La Laja; la quebrada La Laja, desde la
línea de cumbres que limita por el oriente la hoya de la
quebrada Brillosas hasta la desembocadura de la quebrada
Brillosas; la línea recta que une la desembocadura de la
quebrada Brillosas con la cota 891, individualizada en la
carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000, y la
línea de cumbres que limita por el poniente la hoya de la
quebrada Agua Fría, desde la cota 891 hasta la cota 1.105,
asignada al topónimo Tío Vicho.
b) Se incluyen los distritos 7 San Marcos, 9 Chañaral
Alto y 10 San Lorenzo, de la actual comuna de Combarbalá.
c) Se incluye la parte de los distritos 17 La Paloma y
18 Guallillinga, de la actual comuna de Ovalle, situada al
oriente de las líneas de cumbres que limitan por el
poniente las hoyas de las quebradas Tamelcura y Los
Maitenes.
4.- Comuna de Combarbalá, capital Combarbalá.
Comprende la actual comuna Combarbalá, excepto los
distritos 6 Huilmo, 7 San Marcos, 9 Chañaral Alto y 10 San
Lorenzo.
5.- Comuna de Punitaqui, capital Punitaqui. Comprende la
actual comuna de Punitaqui, con las siguientes
modificaciones:
a) Se excluyen los distritos 2 Los Canelos, 3 Peña
Blanca, 4 Los Loros, 5 Soco, 6 Chalinga, 7 Barraza y 11
Hornillas.
b) Se excluye la parte del distrito 8 Camarico, situada
al norponiente del estero Punitaqui y del curso de la
quebrada Las Majadas.
c) Se incluye el distrito 6 Huilmo, de la actual comuna
de Combarbalá.
d) Se incluye la parte del distrito 19 Guanillas, de la
actual comuna de Monte Patria, correspondiente a la hoya
superior de la quebrada La Laja, situada al poniente del
siguiente límite: la línea de cumbres que limita por el
oriente las hoyas de las quebradas Matamoros y Brillosas,
desde la línea de cumbres que limita por el norte la hoya
de la quebrada La Laja hasta el curso de la quebrada La
Laja; la quebrada La Laja, desde la línea de cumbres que
limita por el oriente la hoya de la quebrada Brillosas hasta
la desembocadura de la quebrada Brillosas; la línea recta
que une la desembocadura de la quebrada Brillosas con la
cota 891, individualizada en la carta del Instituto
Geográfico Militar 1:50.000, y la línea de cumbres que
limita por el poniente la hoya de la quebrada Agua Fría,
desde la cota 891 hasta la cota 1.105, asignada al topónimo
Tío Vicho.