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Artículo 30 del Decreto Ley 2868

Divide las provincias que señala del pais en las comunas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7020 / 9036946.

Texto oficial

Artículo 30.- Provincia de Concepción. 1.- Comuna de Concepción, capital Concepción. Comprende la actual comuna de Concepción, con las siguientes modificaciones: a) Se incluyen los distritos 6 Lomas Coloradas, 7 San Pedro y 8 Los Pinares, de la actual comuna de Coronel. b) Se incluyen los distritos 6 Chaimávida y 7 Las Ulloas, de la actual comuna de Penco. c) Se incluye la parte de los distritos 5 Las Pataguas, 8 Margaritas y 9 Andalién, de la actual comuna de Penco, y la parte del distrito 2 Juan Chico, de la actual comuna de La Florida, situada al poniente y sur del siguiente limite: el paralelo astronómico del puente N° 6, sobre el camino de Bulnes a Concepción, desde el citado puente hasta el camino viejo a Penco; el camino viejo a Penco, desde el paralelo astronómico del puente N° 6 hasta el cruce de caminos; el camino vecinal a Las Pataguas, desde el camino viejo a Penco hasta la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada sin nombre ubicada al oriente de la localidad Rancho Grande; la citada línea de cumbres, desde el camino vecinal a Las Pataguas hasta la cota 207 de la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000, pasando por la cota 300; la línea recta, desde la cota 207 hasta la cota 350; la línea de cumbres, desde la cota 350 hasta la cota 125, pasando por la cota 350; la línea recta, desde la cota 125 hasta la cota 300; la línea recta, desde la cota 300 hasta la cota 175; el deslinde de los predios roles 290-13 y 290-4, desde la cota 175 hasta el camino pavimentado de Concepción a Penco, y el deslinde entre los predios roles 290-14 y 290-11, desde el camino pavimentado de Concepción a Penco hasta el río Andalién. d) Se incluye la parte del distrito 13 La Pólvora, de la actual comuna de Talcahuano, situada al oriente del costado poniente de los caminos de acceso al puente nuevo sobre el río Bío-Bío y al aeropuerto Carriel Sur y al sur del lindero entre los predios Carriel Sur y Los Pinos, entre los ríos Bío-Bío y Andalién. 2.- Comuna de Talcahuano, capital Talcahuano. Comprende la actual comuna de Talcahuano, excepto la parte del distrito 13 La Pólvora, situada al oriente del costado poniente de los caminos de acceso al puente nuevo sobre el río Bío-Bío y al aeropuerto Carriel Sur y al sur del lindero entre los predios Carriel Sur y Los Pinos, entre los ríos Bío-Bío y Andalién. 3.- Comuna de Penco, capital Penco. Comprende la actual comuna de Penco, con las siguientes modificaciones: a) Se excluyen los distritos 6 Chaimávida y 7 Las Ulloas. b) Se excluye la parte de los distritos 5 Las Pataguas, 8 Margaritas y 9 Andalién, situada al poniente y sur del siguiente límite: el paralelo astronómico del puente N° 6, sobre el camino de Bulnes a Concepción, desde el citado puente hasta el camino viejo a Penco; el camino viejo a Penco, desde el paralelo astronómico del puente N° 6 hasta el cruce de caminos; el camino vecinal a Las Pataguas, desde el camino viejo a Penco hasta la línea de cumbres que limita por el norte la hoya de la quebrada sin nombre ubicada al oriente de la localidad Rancho Grande; la citada línea de cumbres, desde el camino vecinal a las Pataguas hasta la cota 207 de la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000, pasando por la cota 300; la línea recta, desde la cota 207 hasta la cota 350; la línea de cumbres, desde la cota 350 hasta la cota 125, pasando por la cota 350; la línea recta, desde la cota 125 hasta la cota 300; la línea recta, desde la cota 300 hasta la cota 175; el deslinde de los predios roles 290-13 y 290-4, desde la cota 175 hasta el camino pavimentado de Concepción a Penco y el deslinde entre los predios roles 290-14 y 290-11 desde el camino pavimentado de Concepción a Penco hasta el río Andalién. 4.- Comuna de Tomé, capital Tomé. Comprende la actual comuna de Tomé, con las siguientes modificaciones: a) Se excluye la parte del distrito 9 Las Animas de Ranguelmo, correspondiente al sector Estación Ranguelmo, situada al norte y oriente del siguiente límite: el lindero sur del predio El Refugio (rol 203-20) y el fundo Ranguelmo (rol 560-2), desde el límite provincial vigente hasta el lindero poniente del fundo Ranguelmo; el lindero poniente del fundo Ranguelmo, desde su lindero sur hasta el lindero sur del fundo La Leonera (rol 554-31), y el lindero sur y oriente del fundo La Leonera, desde el lindero poniente del fundo Ranguelmo hasta el límite provincial vigente. b) Se excluye el distrito 13 San Antonio. c) Se incluye el distrito 6 Chupallar, de la antigua comuna de Coelemu. 5.- Comuna de Florida, capital Florida. Comprende la actual comuna de Florida, con las siguientes modificaciones: a) Se excluye la parte suroeste del distrito 2 Juan Chico, contemplada en la comuna de Concepción. b) Se incluye el distrito 13 San Antonio, de la actual comuna de Tomé. 6.- Comuna de Hualqui, capital Hualqui. Comprende la actual comuna de Hualqui, más los distritos 4 Gomero, 5 Chacaico, 6 Talcamávida, 7 Quilacoya, 8 Ranguel y 9 Quinquibueno, de la antigua comuna de San Rosendo. 7.- Comuna de Santa Juana, capital Santa Juana. Comprende la actual comuna de Santa Juana, con las siguientes modificaciones: a) Se define el límite intercomunal con Curanilahue en el sector sur-occidental del distrito 7 Espigado, de la antigua comuna de Santa Juana, de la siguiente manera: la quebrada Los Canelos, desde su origen en los cerros Alto La Gloria hasta su desembocadura en el río Cabrera; la línea recta, desde la desembocadura de la quebrada Los Canelos hasta la cota 301; la línea recta, desde la cota 301 hasta el cerro Divisadero, y la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del estero Esperanza, desde el cerro Divisadero hasta la cota 620, situada al poniente del cerro Alto, individualizado en la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000. b) Se incluye la parte del distrito 10 Palihue, de la actual comuna de Nacimiento, situada al poniente del siguiente límite: el camino vecinal de Altos de Colico a Las Corrientes, desde el origen del estero Colico hasta el camino de Nacimiento a Santa Juana; el camino de Nacimiento a Santa Juana, desde el camino vecinal de Los Altos de Colico a Las Corrientes hasta el estero Reli; el estero Reli, desde el camino de Nacimiento a Santa Juana hasta su desembocadura en el río Culenco, y el río Culenco, desde la desembocadura del estero Reli hasta la desembocadura del estero San Jerónimo. c) Se incluye la parte del distrito 8 Pileo, de la actual comuna de Lota, situada al sur de la quebrada El Parrón y al suroriente de la línea de cumbres que limita por el sureste la hoya del estero El Patagual. 8.- Comuna de Lota, capital Lota. Comprende la actual comuna de Lota, con las siguientes modificaciones: a) Se excluyen los distritos 6 El Manzano, 7 Patagual y 8 Pileo. b) Se define el límite intercomunal Lota-Arauco, en el sector Laraquete, de la siguiente manera: la línea de cumbres que limita por el oriente y norte la hoya del río Laraquete, desde el portezuelo La Faena hasta el cerro Andalicán, pasando por las cotas 455 y 267, individualizadas en la carta del Instituto Geográfico Militar 1:50.000, y la línea recta, desde el cerro Andalicán hasta la punta Andalicán, junto al Mar Chileno. 9.- Comuna de Coronel, capital Coronel. Comprende la actual comuna de Coronel, con las siguientes modificaciones: a) Se excluyen los distritos 6 Lomas Coloradas, 7 San Pedro y 8 Los Pinares. b) Se incluyen los distritos 6 El Manzano y 7 Patagual, de la actual comuna de Lota. c) Se incluye la parte del distrito 8 Pileo, de la actual comuna de Lota, situada al norte de la quebrada El Parrón y al norponiente de la línea de cumbres que limita por el suroriente la hoya del estero El Patagual. d) Se incluye la isla Santa María, que corresponde al distrito 12 de la actual comuna de Arauco.