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Artículo 2 del Decreto Ley 3001

Normas complementarias de administración financiera y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7047 / 8784465.

Texto oficial

Artículo 2°.- Exclúyese de la visación del Ministerio de Hacienda establecido en el decreto ley N° 200, de 1973, a los ingresos y promociones de personal en las entidades regidas por el artículo 1° del decreto ley N° 249, de 1974, sea de planta, a contrata asimilados a un grado, a honorarios o sobre la base de jornales, referidos a los escalafones fijados en el decreto con fuerza de ley N° 90, de Hacienda, de 1977, y sus modificaciones y en las identificaciones de escalafones y cargos efectuados en cumplimiento del artículo 4° del decreto ley N° 1.608, de 1976. Exclúyese, asimismo, de dicha visación, a los ingresos y promociones de personal en las empresas regidas por el artículo 2° del decreto ley N° 249, de 1974.