Texto oficial
Artículo 2°.- El mayor gasto que demande la aplicación del presente decreto ley será de cargo del presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Investigaciones.
(año 1979) modifica decreto ley n° 1.487, de 1976, que determina funciones y establece la planta de la subsecretaria de investigaciones
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