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Artículo 2 del Decreto Ley 3173

Renueva hasta el 31 de diciembre de 1982 las autorizaciones establecidas en el decreto ley n° 1.068, de 1975, que faculta a la corporacion de fomento de la produccion para enajenar sus activos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 2°.- Lo dispuesto en la letra a) del artículo anterior regirá a contar del 1° de Enero de 1980.