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Artículo 7 del Decreto Ley 3166

Autoriza entrega de la administración de determinados establecimientos de educacion tecnico profesional a las instituciones o a las personas juridicas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 70774 / 8037803.

Texto oficial

ARTICULO 7° Será aplicable a los establecimientos educacionales a que se refiere este decreto ley las normas relativas al cobro del derecho de escolaridad que rija para los establecimientos fiscales de Educación Media.