Texto oficial
Artículo único.- Elimínase en el inciso segundo del artículo 3o. del decreto ley No. 1.812, de 1977, la expresión "con garantía del Estado".
Modifica articulo 3°. del decreto ley no. 1.812, de 1977
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7081 / 5881137.