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Artículo UNICO del Decreto Ley 3429

Modifica articulo unico del decreto ley n° 3.356, de 1980

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7108 · idParte: 8766042

Texto oficial

Artículo único.- Modifícanse los incisos 1° y 3° del artículo único del decreto ley N° 3.356, de 1980, en la siguiente forma: Intercálase entre las expresiones: "Los Oficiales Generales" y la frase: "y Suboficiales Mayores en retiro", las siguientes expresiones antecedidas de una coma (,): "Oficiales Superiores".