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Artículo UNICO del Decreto Ley 3433

Crea cargo de jefe de departamento en la planta de la oficina de planificacion nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7111 / 8257773.

Texto oficial

Artículo único.- Créase en la Planta de la Oficina de Planificación Nacional, contenida en el artículo 20 de la ley N° 16.635, cuyo texto refundido fue fijado por decreto supremo número 1.415, de 1979, del Ministerio del Interior, en el Escalafón Directivos Superiores, Nivel III, Grado 4°, un cargo de Jefe de Departamento. La creación del empleo a que se refiere el inciso anterior no podrá significar aumento en los gastos de personal de la Oficina de Planificación Nacional.