Saltar al contenido

Artículo 1 del Decreto Ley 3447

Autoriza a la fuerza aerea de chile para efectuar donacion de especies que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7120 / 7130107.

Texto oficial

Artículo 1°- Autorízase al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea de Chile, para que directamente o por la Autoridad Institucional que él designe, proceda a efectuar las siguientes donaciones relativas a material dado de baja de la Institución: a) A la Fuerza Aérea de Paraguay: 1.- Un helicóptero Hiller, tipo UH-12 SL4, N° Serie 2521, con su inventario completo, de acuerdo al DIM-210. F.S.N. 1520 UH-12 SL4. N° Control: 616227. N° Orden FACH: H-70. 2.- Un helicóptero Hiller, tipo UH-12 SL4, N° Serie 2531, con su inventario completo, de acuerdo al DIM-210. F.S.N. 1520 UH-12 SL4. N° Control: 616226. N° Orden FACH: H-75. 3.- Dos motores aplicables a material c-47, R-1830-92. N° Serie 464478 y R-1830-92. N° Serie 489142. b) A la Defensa Civil de Chile: Un vehículo Land Rover, modelo 109, año 1966, motor N° 25251439-H, Serie N° 254078, capacidad para 12 pasajeros, con su inventario completo. F.S.N. 2310 NLCI 95100073. N° Control: 607501. N° Orden FACH: P-173.