Texto oficial
Artículo 16.- Los alimentos se deberán proteger
contra la contaminación por desechos de origen humano,
animal, doméstico, industrial y agrícola cuya presencia
pueda alcanzar niveles susceptibles de constituir riesgo
para la salud.
Aprueba reglamento sanitario de los alimentos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 71271 / 8716332.