Texto oficial
Artículo 18.- El equipo y los recipientes que se
utilicen en la recolección y la producción de alimentos
deberán construirse y conservarse de manera que no
constituyan un riesgo para la salud. Los envases que se
reutilicen deberán ser de material y construcción tales
que permitan una limpieza fácil y completa. Deberán
limpiarse y mantenerse limpios y, en caso necesario,
desinfectarse. Los recipientes usados para materias tóxicas
deberán ser identificados y no podrán utilizarse para
alimentos.