Texto oficial
Artículo 163.- Para los fines de este Reglamento se
entenderá por:
Becquerel (Bq): unidad de actividad, equivale a una
desintegración por segundo de cualquier radionucleido.
Sievert (Sv): unidad de dosis equivalente. Es la dosis
absorbida ponderada que equivale a la energía entregada por
la radiación por gramo de sustancia irradiada.
Nivel de referencia de dosis (NRD): dosis equivalente
anual.
Corresponde a 1mSv/año.
Factor de conversión de dosis (FCD): factor que
relaciona la dosis equivalente por unidad de actividad
ingerida. Se expresa en Sv/Bq.
Tasa de consumo de alimento (TCA): masa promedio de
alimento que se consume anualmente per cápita en el país.
Se expresa en kg/año.
Nivel de intervención derivado (NID): concentración
de un radionucleido en un alimento dado. Se calcula
dividiendo el nivel de referencia de dosis por el factor de
conversión de dosis y por la tasa de consumo de alimentos.
Se expresa en Bq/kg.