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Artículo 367 del Decreto 977

Aprueba reglamento sanitario de los alimentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 71271 · idParte: 8716741

Texto oficial

Artículo 367.- Los fideos y productos afines no deberán contener insectos o sus estados evolutivos, ácaros ni hongos.