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Artículo SEPTIMA transitorio del Decreto Ley 3464

Aprueba nueva constitución política y la somete a ratificacion por plebiscito

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
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idNorma: 7129 · idParte: 8713836

Texto oficial

SEPTIMA.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso tercero del número 20º. del artículo 19, mantendrán su vigencia las disposiciones legales que hayan establecido tributos de afectación a un destino determinado, mientras no sean expresamente derogadas.