Texto oficial
Artículo 33.- Inclúyese la Red Norte de Ferrocarriles
del Estado que indica el D.F.L. N° 3, de la Subsecretaría
de Transportes, publicado en el Diario Oficial de 6 de
Agosto de 1980, en la resolución N° 136, publicada el 18
de Agosto de 1980 de la Subsecretaría de Economía, Fomento
y Reconstrucción.