Saltar al contenido

Artículo UNICO del Decreto Ley 3496

Deroga inciso segundo del articulo 1° del decreto ley n° 1.816, de 1977

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7146 / 5881647.

Texto oficial

Artículo único.- Derógase el inciso segundo del artículo 1° del decreto ley N° 1.816, de 1977.