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Artículo 31 del Decreto Ley 3529

Normas complementarias de administración financiera y de incidencia presupuestaria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7162 / 8781647.

Texto oficial

Artículo 31.- Reemplázase en el inciso segundo del artículo 11 del decreto ley N° 3.477, de 1980, sustituido por la letra a) del artículo 1° del decreto ley N° 3.490, del mismo año, las palabras "antes del 30 de Septiembre" por las siguientes: "hasta el 30 de Septiembre".