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Artículo 4 del Decreto Ley 3535

Otorga recursos a municipalidades que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7165 / 7131015.

Texto oficial

Artículo 4°.- El gasto fiscal para 1980 que represente este decreto ley, se financiará con mayores ingresos tributarios.