Texto oficial
Artículo 4°- Facúltase al Presidente de la República para que dentro del plazo de un año, contado desde la publicación de este decreto ley, modifique la planta del personal de la Municipalidad de Santiago y la identificación de cargos y escalafones, contempladas en el artículo 255 del decreto con fuerza de ley N° 1.166, de 1977, y para que a proposición del Alcalde, reencasille en la planta de la Municipalidad de Santiago al personal que, a la fecha de la vigencia de este cuerpo legal, se encuentre desempeñando funciones en la Dirección de Pavimentación.