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Artículo 1 del Decreto Ley 3606

Declara no afectos a la ley sobre impuesto a la renta ingresos que señala. sanciona infracciones al d.f.l. n° 1.385 de 1980

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7192 / 7131305.

Texto oficial

Artículo 1°- La subvención que perciban del Servicio Nacional de Menores las instituciones reconocidas como colaboradoras de sus funciones de acuerdo al D.F.L. N° 1.385, de 1980, y las donaciones u otros ingresos que las mismas reciban o generen, en la parte que se utilicen o inviertan en el pago de remuneraciones de su personal, en la administración, reparación, mantención o ampliación de las instalaciones de los establecimientos beneficiados o en cualquier otra inversión destinada al Servicio de la atención de menores, no estarán afectos a ningún tributo de la ley sobre Impuesto a la Renta.