Texto oficial
Artículo 3°- Deróganse todas las disposiciones legales que facultan a los Colegios Profesionales para conocer y resolver los conflictos que se promuevan entre profesionales, o entre éstos y sus clientes, como consecuencia del ejercicio de la profesión, como asimismo aquéllas que les permiten conocer y sancionar las infracciones a la ética profesional.