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Artículo 103 del Decreto 1

Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882298.

Texto oficial

Artículo 103.o- La Secretaría General, en cuanto a su organización y funcionamiento y sin perjuicio de las normas establecidas en el presente Reglamento, será objeto de la preferente preocupación del Departamento de Racionalización y Métodos, el que propondrá al Superintendente las medidas que sean procedentes para obtener su más adecuado rendimiento.