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Artículo 12 del Decreto 3

Aprueba reglamento de protección radiologica de instalaciones radioactivas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7282 / 7131957.

Texto oficial

Artículo 12°.- Los límites de dosis (LD) para trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes serán las siguientes: Organo Expuesto Límites de Dosis rem Anual Cuerpo entero, gónadas, médula ósea 5 Cristalino 30 Cualquier otro órgano en forma individual 50