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Artículo 1 de la Ley 19.502

Reajusta ingreso minimo mensual y asignaciones que indica, y concede bono y aguinaldo a pensionados que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 73026 / 8303279.

Texto oficial

"Artículo 1º.- Elévase, a contar del 1º de junio de 1997, de $65.500.- a $71.400 el monto del ingreso mínimo mensual. Elévase, a contar del 1º de junio de 1997, de $56.370.- a $61.445, el monto del ingreso mínimo mensual para los trabajadores menores de 18 años de edad y para los trabajadores mayores de 65 años de edad. Elévase, a contar del 1º de junio de 1997, el monto del ingreso mínimo mensual que se emplea para fines no remuneracionales, de $48.710.- a $53.094.