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Artículo 1 TRANSITORIO del Decreto 4

Establece normas de emision de contaminantes aplicables a los vehiculos motorizados y fija los procedimientos para su control

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7307 · idParte: 8449459

Texto oficial

1°.- En regiones distintas a la Región Metropolitana, la norma de emisión de hidrocarburos (HC) a que se refiere el artículo 1°, comenzará a regir el 1 de enero de 1995; hasta dicha fecha, con referencia a los establecido en la letra a) del artículo 5°, se aceptarán instrumentos de medición de monóxido de carbono (CO) que se basan en el método colorimétrico o calorimétrico, previo informe técnico que fundamentalmente considerará la confiabilidad y exactitud de las medidas del instrumento, para un ritmo de trabajo de 10 vehículos por hora.