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Artículo 1 del Decreto 7

Aprueba reglamento orgánico del ministerio secretaria general de la presidencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7364 · idParte: 5883364

Texto oficial

Artículo 1°.- Corresponde al Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República realizar las funciones de coordinación y asesoría directa al Presidente de la República, al Ministro del Interior y a cada uno de de los Ministros, sin alterar sus atribuciones y proveyéndoles, entre otros medios, de las informaciones y análisis político-técnicos necesarios para la adopción de las decisiones que procedan.