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Artículo 96 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778502.

Texto oficial

Artículo 96.- El Consejo de la Corporación podrá acordar la enajenación, en uno o varios lotes, de los terrenos de su dominio que fueren inaptos para el cumplimiento de los fines de la Empresa. La enajenación se hará en pública subasta, en las condiciones que señale el Consejo.