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Artículo 165 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782300.

Texto oficial

Artículo 165.- Los BULTOS se diseñarán de manera que si se encuentran a la PRESION NORMAL DE TRABAJO MAXIMA y se someten a los ensayos especificados en los artículos 199 a 204 y 206 a 209, los niveles de las tensiones en el SISTEMA DE CONTENCION no alcancen valores que afecten desfavorablemente al BULTO de modo que éste deje de cumplir los requisitos aplicables.