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Artículo 206 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782354.

Texto oficial

Artículo 206.- El especimen se someterá a los efectos acumulados de los ensayos especificados en los artículos 207 y 208, en dicho orden. Tras estos ensayos ya sea el mismo especimen o un especimen por separado se someterá a los efectos de los ensayos de inmersión en agua especificados en el artículo 209 y, si procede, en el artículo 210.