Texto oficial
Artículo 3º.- Modifícase el decreto supremo Nº 294, de 1984, del Ministerio de Obras Públicas, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del decreto con fuerza de ley Nº 206, Ley de Caminos, en la siguiente forma:
1. Sustitúyese, en el artículo 12 y en todos aquellos artículos en que aparecieren las palabras "Dirección de Riego" por "Dirección de Obras Hidráulicas", y
2. Intercálase, en el artículo 13, la siguiente letra m), nueva, pasando las actuales letras m) y n) a ser letras n) y o), respectivamente:
"m) La planificación, estudio, proyección, construcción, operación, reparación, conservación y mejoramiento de las obras de la red primaria de sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias, hasta su evacuación en cauces naturales.".