Texto oficial
Artículo 16.- Durante el año 1998 el aporte máximo a
que se refiere el artículo 23 del decreto ley Nº 249, de
1974, tendrá un monto de $47.500.
Otorga reajuste de remuneraciones a trabajadores del sector publico, concede aguinaldos que señala y otros beneficios de caracter pecuniario
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 77009 / 9020144.