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Artículo 10 (DEL Nº 1) del Decreto 28

Aprueba reglamento general para los servicios de bienestar fiscalizados por la superintendencia de seguridad social

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7802 · idParte: 8629688

Texto oficial

Artículo 10°.- Se perderá la calidad de afiliado por las siguientes causales: a) Por dejar de pertenecer a la institución de la cual dependa el Servicio de Bienestar, con excepción de los jubilados que ejerzan el derecho que les confiere el inciso segundo del artículo 7°; b) Por desafiliarse del Servicio de Bienestar, y c) Por expulsión.