Texto oficial
Artículo 8°: Deróganse, a partir de la vigencia del
presente decreto, y de acuerdo a la gradualidad establecida
en el artículo 4°, los decretos que aprueban planes y
programas especiales de estudio a establecimientos
educacionales municipales, particulares subvencionados y
particulares pagados y, especialmente, el Decreto Supremo de
Educación N° 4.002, de 1980, sus modificaciones y sus
normas complementarias.