Texto oficial
Artículo 4.10.14. En las áreas que esté prevista la
utilización de carros debe disponerse un espacio suficiente
para su almacenamiento, sin que se reduzcan los anchos
mínimos requeridos para las vías de evacuación.
Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8201 / 100018608.