Texto oficial
Artículo 5.7.13. En terrenos húmedos, o en los que
existan aguas subterráneas a poca profundidad, se
dispondrán capas aislantes a prueba de capilaridad o se
construirán drenes, si la Dirección de Obras Municipales
lo estimase necesario, para impedir que la humedad ascienda
por los muros de los edificios o que el agua subterránea
socave las fundaciones.
No se permitirá construir edificios que se apoyen en
suelos movedizos, de tierra vegetal o pantanosos, que no
hayan previsto las soluciones de ingeniería necesarias.
Bajo responsabilidad del profesional competente autor
del proyecto estructural, se podrá aceptar, también, la
formación de un suelo artificial o la consolidación del
existente, si se justificare debidamente la solución
propuesta para las condiciones locales correspondientes,
situación de las que deberá quedar constancia en el Libro
de Obras, a falta de indicación al respecto en el citado
proyecto.