Texto oficial
Art�culo 46°.-
En forma alternativa a la metodología estipulada por
los Artículos 41° al 45°, y si las Bases así lo disponen
expresamente, se podrá utilizar el siguiente método para
la evaluación y adjudicación de las propuestas:
Art 46.1 Asignación de notas
Cada miembro de la Comisión de Evaluación asignará a
cada uno de los aspectos estipulados en el artículo 46.2,
una nota de uno a siete, sin fraccionar, según su propio
criterio, ciñéndose a los parámetros establecidos en las
Bases.
La nota final obtenida por un proponente en un aspecto
determinado, corresponderá al promedio simple de las notas
asignadas por cada miembro de la Comisión.
Los cálculos que se efectúen en el proceso de
Calificación de Antecedentes Generales hasta la
determinación del Descuento Porcentual Total, considerarán
un decimal.
Art 46.2 Calificaciones
A.- Calificación de Antecedentes Generales
A1. Estructura Orgánica del Consultor: La nota por este
aspecto corresponderá a la evaluación de la planta
profesional superior permanente de la organización del
Consultor.
A2. Estructura Orgánica del Equipo Propuesto para la
Ejecución del Trabajo: La nota por este concepto
corresponderá a la evaluación del equipo que se
desempeñará en el proyecto y el tiempo de participación
de cada integrante.
A3. Nota final por Calificación de Antecedentes
Generales: La nota final corresponderá a las notas
obtenidas en A1 y A2, ponderadas por los factores 0.35 y
0.65, respectivamente.
Los miembros de la Comisión considerarán para la
Calificación de Antecedentes Generales, la capacidad real
del trabajo del Consultor, debiendo para ello tener en
cuenta las horas que tenga comprometidas en otros contratos
con este Ministerio o con otras entidades, el personal
profesional que se desempeñará en el proyecto y cuya
vigencia se prolongue durante el período de los trabajos
que se están licitando.
B.- Calificación Técnica
B1. Estudios o Proyectos
B.1.1 Metodología: La nota por este concepto evaluará
la calidad y factibilidad del método propuesto por el
Consultor para realizar el trabajo, o bien, la comprensión
demostrada por éste de la metodología fijada por la
Dirección, según sea el caso.
B.1.2 Experiencia: La nota por este concepto evaluará
la experiencia en estudios o proyectos anteriores realizados
por el Consultor. Debe considerarse en forma especial el
cumplimiento que haya dado el Consultor a trabajos
ejecutados para el Ministerio.
B.1.3 Nota Final por Calificación Técnica: La nota
final corresponderá a las notas obtenidas en B.1.1 y B.1.2,
ponderadas cada una por el factor 0.50. No obstante, en las
bases administrativas de la licitación podrá establecerse,
en forma alternativa 0.30 y 0.70, o bien 0.70 y 0.30 para
B.1.1 y B.1.2, respectivamente, según sean las
características del trabajo solicitado.
B2. Asesorías de Inspección
B.2.1. Experiencia en Construcción: La nota por este
aspecto evaluará la experiencia del personal del Consultor
en construcción de obras similares a las que corresponde la
asesoría que se está licitando.
B.2.2. Experiencia en Asesorías de Inspección: La nota
por este aspecto evaluará la experiencia que acredite el
Consultor en inspecciones efectuadas por él.
B.2.3 Nota Final por Calificación Técnica: La nota
final corresponderá a las notas obtenidas en B.2.1. y
B.2.2, ponderadas por los factores 0.30 y 0.70,
respectivamente.
Art. 46.3 Descalificaciones
Serán descalificadas, no pudiendo participar en la
adjudicación del contrato, aquellas ofertas que presenten
las siguientes situaciones:
a) Que no cumplan lo indicado en el presente Reglamento
o en las bases del concurso.
b) Que hayan obtenido una o más notas uno en cualquiera
de los aspectos señalados en los puntos A1, A2, B.1.1,
B.1.2, B.2.1 o B.2.2.
c) Que hayan obtenido dos o más notas iguales o menores
a 2.0 en cualquiera de los aspectos individualizados en la
letra b) precedente.
d) Que hayan obtenido una o más notas finales iguales o
inferiores a 3.0 en los puntos A3, B.1.3 o B.2.3.
e) Que hayan obtenido un 4.0 o menos como promedio
simple de las notas según los puntos individualizados en la
letra d) precedente.
f) Que hayan obtenido un descuento porcentual total
inferior a 9% en estudios o proyectos y 6% en asesorías de
inspección, conforme al procedimiento del artículo 46.4.
Art. 46.4 Sistema de Beneficios Porcentuales
Los proponentes seleccionados técnicamente tendrán
derecho a descuentos porcentuales en el precio ofrecido,
sólo para efectos de comparación y priorización, en la
forma que se indica a continuación:
a) El descuento porcentual para la nota obtenida según
A3, estará dado por:
% = 3 (n - 4)
Siendo "n" la nota final en A3
b) El descuento porcentual por la nota obtenida según
B.1.3 estará determinado por la siguiente fórmula:
% = 6 (n - 4)
Siendo "n" la nota final obtenida en B.1.3
c) La nota según B.2.3 dará derecho al siguiente
descuento porcentual:
% = 4.5 (n - 4)
Siendo "n" la nota final obtenida en B.2.3.
d) Sólo para contratación de estudios o proyectos,
salvo que en las Bases del concurso se establezca dejarla
sin efecto, el plazo ofrecido dará derecho al siguiente
descuento porcentual.
% = 3.0 x Pm / Pi
Siendo Pm el plazo menor ofertado por los proponentes y
Pi el plazo ofrecido por el proponente a quien se le calcula
el descuento porcentual.
Descuento Porcentual Total: Será la suma de los
descuentos porcentuales obtenidas por Antecedentes
Generales, Calificación Técnica y Plazo, según las letras
a), b) o c) y d) precedentes.
Art. 46.5 Apertura de Sobres "Oferta Económica"
Este acto se realizará en la fecha, hora y lugar que la
Dirección estipule y comunique a los proponentes, y a él
podrán asistir quienes lo deseen, levantándose un acta de
apertura.
En primer lugar se dará a conocer el Presupuesto
Oficial. A continuación se dará a conocer el resultado de
la evaluación de las Ofertas Técnicas.
Posteriormente se procederá a abrir los sobres "Oferta
Económica" de aquellos participantes que sigan en la
licitación, devolviéndose sin abrir los correspondientes a
los descalificados.
Conocidas las Ofertas Económicas, se determinará el
Presupuesto de Referencia para fines de adjudicación.
Sólo para estos efectos se considerará aquellas propuestas
comprendidas en el rango ±30% del Presupuesto Oficial,
calculándose el valor promedio de ellas.
La suma de 65% del Presupuesto Oficial y del 35% del
valor promedio de las ofertas, corresponderá al Presupuesto
de Referencia.
En caso de no existir ofertas dentro del rango
señalado, el Presupuesto Oficial pasará a ser Presupuesto
de Referencia, y se procederá conforme se indica en la
letra b) del presente artículo.
Determinado el Presupuesto de Referencia, podrán
producirse las siguientes situaciones:
a) Que haya una o más ofertas comprendidas dentro de
los límites -15% y +20% del Presupuesto de Referencia.
Estas serán las que participen en la adjudicación,
descartándose las demás.
b) Que no exista oferta alguna comprendida entre el 85%
y el 120% del Presupuesto de Referencia. En este caso se
remitirán todos los antecedentes a una comisión formada,
según corresponda, de la siguiente manera:
b.1 Si el trabajo de consultoría pertenece a la
Dirección General de Obras Públicas, estará integrada
por:
- El Director General o un representante profesional
designado por él.
- El Director del Servicio respectivo.
- El Jefe del Departamento de Estudios correspondiente.
b.2 Si el trabajo de consultoría pertenece a la
Dirección General de Aguas, estará integrada por:
- El Director General o un representante designado por
él.
- El Jefe del Departamento de Estudios y
Planificación.
- El Jefe del Departamento relacionado con la materia.
Esta Comisión propondrá la adjudicación del concurso
o la desestimación de las ofertas presentadas.
En el caso de trabajos de consultorías en el nivel
regional, la Comisión estará integrada por el Secretario
Regional Ministerial, el Director Regional respectivo y un
profesional designado por el Secretario Regional Ministerial
o un representante de la entidad mandante, si
correspondiere.
Para el efecto de adjudicar el concurso, se procederá a
aplicar los descuentos porcentuales totales, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 46.4. El concurso será
adjudicado a aquel proponente cuyo precio corregido resulte
ser el menor. No obstante, si dicho proponente hubiere
incurrido en algún incumplimiento en contratos que está
ejecutando para el Ministerio, se podrá adjudicar la
propuesta al siguiente proponente, previa autorización del
Ministro o del Secretario Regional Ministerial, según se
trate de contratos de nivel central o regional,
respectivamente.
En caso de resultar empate en el valor del precio
corregido, se dará preferencia al proponente que haya
obtenido mejor nota final por Calificación Técnica y en su
igualdad, el que haya obtenido mejor nota final por
Antecedentes Generales. De persistir la igualdad, se dará
preferencia al proponente que, a juicio de la autoridad
competente, haya tenido mejor desempeño en los estudios,
proyectos o asesorías ejecutadas con anterioridad.