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Artículo 12 de la Ley 19.542 · Moderniza el sector portuario estatal

Moderniza el sector portuario estatal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 82866 / 8314305.

Texto oficial

Artículo 12.- La enajenación de bienes de propiedad de las empresas se hará en licitación pública. La adquisición de bienes y la contratación de servicios se harán mediante propuesta pública. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, el directorio podrá aprobar, con el voto favorable de a lo menos cuatro de sus miembros, en los directorios de cinco miembros, y de dos, en los directorios de tres miembros, la omisión de los procedimientos señalados, sólo tratándose de bienes o servicios cuyo monto sea inferior a las mil unidades tributarias mensuales.