Texto oficial
Artículo único.- Fíjase el siguiente texto
refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de
Bancos, decreto con fuerza de ley Nº 252, de 1960, y de la
Ley Orgánica de la Superintendencia de Bancos e
Instituciones Financieras contenida en el decreto ley Nº
1.097, de 1975, y de los demás textos legales que se
refieren a bancos y sociedades financieras u otras empresas
fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos e
Instituciones Financieras. El texto que se fija a
continuación se denominará:
LEY GENERAL DE BANCOS