Texto oficial
Artículo 10° En el caso de proyectos presentados por
personas naturales, se entiende que quien lo presenta es el
responsable del mismo, es decir, velará por su correcta y
completa ejecución según los objetivos y actividades
plateadas en la postulación.
En el caso de proyectos presentados por personas
jurídicas, el responsable del proyecto será su
representante legal.