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Artículo 112 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223231.

Texto oficial

Artículo 112.- La formalización se efectuará a través de un formulario de postulación que entregará el Ministerio de Educación, al que se deberá adjuntar el proyecto de infraestructura y los demás antecedentes particulares que exijan las bases de cada concurso. Asimismo, deberán adjuntarse los documentos que acrediten el dominio sobre el bien raíz respecto del que recae la solicitud respectiva. Los sostenedores que no sean dueños del inmueble para el cual se solicita el aporte deberán acompañar también, en la oportunidad que establezcan las bases del concurso, el antecedente a que se refiere el inciso cuarto del artículo 4º de la Ley Nº19.532 y sus modificaciones. Respecto de los establecimientos del sector municipal (municipalidades y corporaciones municipales) que funcionen en inmuebles fiscales, no será necesaria dicha autorización. En el caso de adquisición de inmuebles construidos el sostenedor deberá acompañar, además de los antecedentes señalados en el inciso primero de este artículo, una promesa de compraventa.