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Artículo 114 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223233.

Texto oficial

Artículo 114.- La Secretaría Regional Ministerial de Educación correspondiente deberá levantar un acta de recepción en triplicado en que señalará la fecha y hora de recepción del sobre conteniendo el proyecto y sus antecedentes. Una de estas copias será para el sostenedor, otra quedará en poder de la Secretaría Regional y la tercera se adjuntará al sobre para los efectos de lo señalado en el artículo 116. Asimismo, la Secretaría Regional Ministerial de Educación inscribirá en un registro los antecedentes de los sostenedores que hayan postulado al concurso, en el que también se dejará constancia de las observaciones que estos realicen al momento de postular.