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Artículo UNICO de la Ley 19.550

Modifica la ley nº 19.464, que establece normas y concede aumento de remuneraciones para el personal no docente de establecimientos educacionales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 90241 / 8319350.

Texto oficial

"Artículo único.- Modifícase la ley Nº 19.464, en la siguiente forma: a) Reemplázase en el inciso primero de su artículo 7º, la frase "y en el mes de enero de 1997", por la siguiente: "y en los meses de enero de 1997 y enero de 1998". b) Sustitúyese, en el artículo 9º, el guarismo "1998" por "1999".".