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Artículo 20 transitorio del Decreto 101

Aprueba reglamento para la aplicacion de la ley nº 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 9231 · idParte: 8630462

Texto oficial

Artículo 20° transitorio.- El Supremo Gobierno, durante el año 1988, designará libre y directamente a los representantes médicos señalados en las letras b) y c) del artículo 78° de la Ley N° 16.744, sin sujeción al procedimiento contemplado en el artículo 82° del presente Decreto.