Texto oficial
Artículo 22° transitorio.- Prorrógase por seis meses
la duración de las funciones de los miembros de la actual
Comisión Médica de Reclamos, a que se refieren las letras
b) y c) del artículo 78° de la Ley 16.744.
Aprueba reglamento para la aplicacion de la ley nº 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 9231 / 8630466.