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Artículo 7 del Decreto 103

Aprueba el reglamento orgánico del departamento de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 9278 · idParte: 8992573

Texto oficial

ARTICULO 7° La Oficina de Relaciones Públicas es el organismo encargado de relacionar al Departamento de Previsión con las autoridades administrativas y el público en general. Su labor, además, es dar a conocer las actividades del Departamento mediante la difusión oportuna de los servicios y beneficios que éste otorgue a sus imponentes.