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Artículo 2 de la Ley 19.553 · Concede asignacion de modernizacion y otros beneficios que indica

Concede asignacion de modernizacion y otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 93381 / 8642029.

Texto oficial

Artículo 2º.- La asignación establecida en el artículo anterior, corresponderá a los trabajadores de las instituciones regidas por las normas remuneracionales del decreto ley Nº 249, de 1974, incluyendo a las autoridades ubicadas en los niveles A, B y C; del Servicio de Impuestos Internos; y de la Dirección del Trabajo. Sin embargo, no corresponderá esta asignación a los trabajadores de las entidades mencionadas en la ley Nº 19.490; y de la Comisión Chilena de Energía Nuclear. Tampoco corresponderá esta asignación a los funcionarios afectos a la ley Nº 15.076, ni al personal civil de los Servicios de Sanidad de las Fuerzas Armadas regidos por el decreto ley Nº 249, de 1974.