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Artículo 15 de la Ley 19.553 · Concede asignacion de modernizacion y otros beneficios que indica

Concede asignacion de modernizacion y otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 93381 / 8642042.

Texto oficial

Artículo 15.- Será aplicable a las Superintendencias de Electricidad y Combustibles y de Servicios Sanitarios, lo dispuesto en el artículo 1º transitorio de la presente ley.